Micelio

Artículo 13

Subdirección De Talento Humano

Decreto 1144 de 2019 · por el cual se establece y regula el Sistema Específico de Carrera de los Empleados Públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se expiden normas relacionadas con la administración y gestión del talento humano de la DIAN.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

SUBDIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO. La Subdirección de Talento Humano o la dependencia que haga sus veces, de conformidad con lo dispuesto en el artícu­lo 15 de la Ley 909 de 2004, tendrá las siguientes funciones: 13.1 Elaborar e implementar el Plan Estratégico de Talento Humano de la DIAN, en los términos que señale el reglamento. 13.2 Elaborar los proyectos de actos administrativos de creación o modificación de la planta de personal y del Manual Específico de Requisitos y Funciones, y some­terlos a aprobación de las dependencias competentes. 13.3 Presentar para aprobación del Director General los postulados para llevar a cabo el concurso de ascenso, luego de haberse surtido el proceso de evaluación. 13.4 Organizar y administrar un registro sistematizado del talento humano de la Enti­dad, que facilite la formulación de programas internos y la toma de decisiones. 13.5 Elaborar y proponer los instrumentos del sistema de evaluación del desempeño que califique de manera eficiente y eficaz a los empleados públicos que se rigen por el Sistema Específico de Carrera Administrativa, en los términos señalados en el presente decreto-ley. 13.6 Entregar información y prestar asesoría, cuando la Comisión Nacional del Servi­cio Civil así lo requiera, respecto de las competencias laborales de los empleos públicos pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la DIAN. 13.7 Identificar, definir, aplicar, evaluar y acreditar, en coordinación con la Escuela de Impuestos y Aduanas, las competencias básicas o generales que deben cumplir los servidores de la DIAN; así como las demás competencias básicas y especí­ficas para los empleos de los niveles jerárquicos de la planta de personal de la Entidad. 13.8 Las demás que le asigne la ley o el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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