º Cuando el recaudo del impuesto de timbre nacional por concepto de la expedición de visas de turismo tenga lugar dentro del territorio nacional el dólar se liquidará al tipo de cambio oficial del día en que se efectúe el pago.
Decreto 2098 de 1986 →Vigente
Artículo 5
º Cuando El Recaudo Del Impuesto De Timbre Nacional Por Concepto De La Expedición De Visas De Turismo Tenga Lugar Dentro Del Territorio Nacional El Dólar Se Liquidará Al Tipo De Cambio Oficial Del Día En Que Se Efectúe El Pago
Decreto 2098 de 1986 · Por el cual se fijan las cuantías del impuesto de timbre nacional para las visas de turismo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.