Auxilio de alimentación. El auxilio de alimentación para los empleados de la Registraduría Nacional del Estado Civil será de siete mil seiscientos noventa pesos ($7.690) moneda corriente, por cada día de trabajo.
También habrá lugar al pago de este auxilio cuando se trabaje ocasionalmente en día sábado, dominical o festivo, en jornada de seis (6) horas o más.
No se tendrá derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio del cargo o cuando la entidad suministre la alimentación.