Micelio

Artículo 5

º

Decreto 2057 de 1951 · Se autoriza al Gobierno para celebrar un contrato con el Banco de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. No se elegirán suplentes de los Directores que designa el Gobierno Nacional directamente y de los candidatos presentados por las Cámaras de Comercio y Sociedades de Agricultores y Asociaciones de Ganaderos. En caso de ausencia temporal el Gobierno designará las personas que deban reemplazar a los titulares. Si se produjere una vacante en las plazas que ocupan los candidatos de las Cámaras de Comercio y Sociedades de Agricultores y Asociaciones de Ganaderos, se convocará a nuevas elecciones, pero si faltaren menos de seis meses para vencer el período el Gobierno hará la correspondiente designación.

Parágrafo

Los candidatos de las Cámaras de Comercio y Sociedades de Agricultores y Asociaciones de Ganaderos tendrán las calidades y requisitos que determina la ley para los miembros que actualmente representan a la Federación Nacional de Cafeteros y Sociedades de Agricultores y Cámaras de Comercio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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