°. Presupuestación y saneamiento contable. Los departamentos y distritos, las Entidades Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberán realizar los correspondientes trámites y registros presupuestales y contables, así como efectuar el saneamiento contable conforme a los recursos que les sean asignados y girados, situación que deberá ser certificada al Ministerio de Salud y Protección Social por el representante legal de cada una de tales entidades y por el Revisor Fiscal cuando según la normatividad vigente estén obligadas a tenerlo. La certificación será expedida en los términos, condiciones y con los soportes que defina el Ministerio de Salud y Protección Social, de tal forma que se caracterice detalladamente el saneamiento de las deudas que se propicia con los recursos de que trata el presente decreto. Esta información será consolidada por el Ministerio de Salud y Protección Social y remitida a la Superintendencia Nacional de Salud, la Contaduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y a la Dirección General Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con miras a que tales entidades adelanten las gestiones que les correspondan en el marco de sus competencias.
Decreto 4877 de 2011 →Vigente
Artículo 6
Presupuestación Y Saneamiento Contable
Decreto 4877 de 2011 · por el cual se definen las condiciones de utilización del saldo de los recursos excedentes del subsidio familiar con corte a 31 de diciembre de 2010, girados al Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.