A partir de la sanción de la presente ley, y de conformidad con los artículos 334, 339 y 341 de la Constitución Nacional, el Gobierno Nacional en cumplimiento de los mismos, asignará las sumas que considere pertinentes para ejecutar las siguientes obras de infraestructura en el municipio de Roldanillo, departamento del Valle del Cauca.
Implantación y comercialización productos agroindustriales e industriales, municipio de Roldanillo, departamento del Valle del Cauca;
Adquisición vehículo, municipio de Roldanillo, departamento del Valle del Cauca.