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Artículo 1

Reorganízase La Administración De La Vía Nacional Del Noroeste (Zipaquirá Socorro), Dividiéndola Para Tal Efecto En Dos Secciones, Así: Sección Primera, De Zipaquirá Al Límite Entre Los Departamentos De Boyacá Y Santander

Decreto 62 de 1928 · Por el cual se reorganiza la administración de la vía nacional del Noroeste (Zipaquirá - Socorro)

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Reorganízase la administración de la vía nacional del Noroeste (Zipaquirá Socorro), dividiéndola para tal efecto en dos secciones, así: Sección primera, de Zipaquirá al límite entre los Departamentos de Boyacá y Santander. Los trabajos en esta sección serán de conservación y mejora, y estarán al cuidado de un Inspector Administrador, con sueldo mensual de $ 180, y de un Cajero Contador, con $ 150 mensuales. Sección segunda, del límite entre Boyacá y Santander al Socorro. En esta sección habrá trabajos de construcción y conservación, los cuales estarán a cargo de un Ingeniero Administrador, con $ 300 mensuales, y de un Cajero Contador, con $ 200.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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