Carácter y requisitos . Para todos los efectos y de conformidad con el Estatuto Docente y la Ley 115 de 1994, los educadores que ejerzan funciones de inspección y vigilancia de la educación se denominarán supervisores de educación y tienen el carácter de directivos-docentes de régimen especial. Los educadores que aspiren al cargo de supervisor de educación tanto a nivel nacional como territorial, deberán reunir los siguientes requisitos
Ser Licenciado en Ciencias de la Educación y acreditar título en un programa de formación de postgrado en educación.
Presentar y aprobar el concurso de ascenso convocado por el Ministerio de Educación Nacional, para el caso de los supervisores de educación nacionales o por el departamento o distrito respectivamente, para los supervisores de educación del nivel territorial.
Acreditar como mínimo diez (10) años de ejercicio docente, de los cuales, al menos cinco (5) como directivo docente en el servicio educativo estatal.
Certificar como mínimo el grado once (11) en el Escalafón Nacional Docente.
Ser evaluado positivamente en el desempeño de las funciones propias del cargo anterior, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministro de Educación Nacional.
Cumplir con los demás requisitos de ley.