Fomento y fortalecimiento de las asociaciones campesinas agropecuarias y de pequeños pescadores . Los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural y del Interior, en coordinación con el respectivo subsistema y con los Gobiernos departamentales y municipales en el marco de sus competencias y autonomía, establecerán y financiarán un Plan de Fortalecimiento de las Asociaciones Campesinas Agropecuarias y de Pequeños Pescadores, en cumplimiento del artículo 16 de la Ley 2219 del 30 de junio de 2022, para lo cual dispondrán de los recursos técnicos y económicos con los cuales se financiará la implementación de los programas para el fortalecimiento. Dichos recursos podrán ser ejecutados como apoyo directo a las asociaciones campesinas y asociaciones agropecuarias y de pequeños pescadores formalmente constituidas.
Decreto 1071 de 2015 →Derogado
Artículo 2.14.23.18
Fomento Y Fortalecimiento De Las Asociaciones Campesinas Agropecuarias Y De Pequeños Pescadores
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogadoadicionado por decreto 1406/23
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.