Micelio

Artículo 1

Sustituyese Al Señor Hernando Agudelo Villa En Su Carácter De Representante De Colombia En 1a Comisión Mixta Colombo - Ecuatoriana, Por El Señor Pablo Samper García, Y A Los Señores Asesores Permanentes De La Misma, Señores Darío Mejía Medina Y Francisco Muñoz Muñoz, Por Los Señores Roberto Jairo Arango Y Jorge Vásquez Tobón, Respectivamente

Decreto 1709 de 1958 · Por el cual se hace una modificación al Decreto número 1124 de junio 25 de 1958

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Sustituyese al señor Hernando Agudelo Villa en su carácter de representante de Colombia en 1a Comisión Mixta Colombo - Ecuatoriana, por el señor Pablo Samper García, y a los señores asesores permanentes de la misma, señores Darío Mejía Medina y Francisco Muñoz Muñoz, por los señores Roberto Jairo Arango y Jorge Vásquez Tobón, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1709 de 1958