Micelio

Artículo 2

Ley 34 de 1873 · Por la cual se concede a la señorita Soledad Obando la pensión de que disfrutaba la señora Timotea Carvajal de Obando

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Para el efecto del pago de que se trata, se considera a la señorita Obando en el goce de esta pensión, desde la fecha en que falleció la señora Timotea Carvajal de Obando.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 34 de 1873