Micelio

Artículo 17

Decreto 2174 de 1996 · por el cual se organiza el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transición. Las entidades Promotoras de Salud y entidades que se asimilen y los Prestadores de Servicios de Salud, deberán realizar los ajustes necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, para lo cual tendrán un plazo de seis (6) meses contados a partir de su vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2174 de 1996