Micelio

Artículo 6

Ley 77 de 1913 · Que restablece un Tribunal Superior de Distrito Judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda así reformado el artículo 1° de la Ley 23 de 1912 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 77 de 1913