División de Financiamiento Otras Entidades . Son funciones de la División de Financiamiento Otras Entidades de la Subdirección de Financiamiento Otras Entidades y Saneamiento de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, de las siguientes
Estudiar, preparar y tramitar los documentos y las autorizaciones pertinentes para la negociación, celebración y modificación de las operaciones de crédito público interno, asimiladas y conexas con las anteriores por parte de las entidades estatales, diferentes de la Nación, así como a través de titularizaciones.
Estudiar, preparar y tramitar los documentos y las autorizaciones pertinentes para la gestión, negociación, celebración y modificación de las operaciones de crédito público externo, asimiladas y conexas con las anteriores por parte de las entidades estatales, diferentes de la Nación, cuyo financiamiento provenga de mercados de capitales, establecimientos de crédito, proveedores así como a través de titularizaciones.
Estudiar, preparar y tramitar los documentos y las autorizaciones pertinentes para la negociación, celebración y modificación de las operaciones de manejo de deuda internas que proyecten celebrar las entidades estatales, diferentes de la Nación.
Estudiar, preparar y tramitar los documentos y las autorizaciones pertinentes para la gestión, negociación, celebración y modificación de las operaciones de manejo de deuda externas que proyecten celebrar las entidades estatales, diferentes de la Nación.
Estudiar, preparar y tramitar los documentos necesarios para la gestión, negociación y contratación de las operaciones relacionadas con crédito público externo que sean garantizadas por la Nación, cuyos recursos provengan de los mercados de capitales, establecimientos de crédito y proveedores.
Estudiar, preparar y tramitar los documentos necesarios para la gestión, negociación y contratación de las operaciones relacionadas con crédito público interno que sean garantizadas por la Nación.
Asesorar a las entidades estatales diferentes de la Nación en la tramitación, negociación, celebración y modificación de las operaciones de crédito público interno, asimiladas, de manejo de deuda y conexas.
Asesorar a las entidades estatales diferentes de la Nación en la tramitación, gestión, negociación, celebración y modificación de las operaciones de crédito público externas, asimiladas, de manejo de deuda y conexas con los mercados de capitales, establecimientos de crédito y proveedores y sobre las condiciones que ofrecen estas fuentes de financiación.
Participar en la preparación o presentación de los informes respectivos al Congreso de la República, la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público y demás entidades competentes sobre las operaciones de Crédito Público interno y externo que se manejan en el área.
Coordinar con el Departamento Nacional de Planeación y las entidades estatales correspondientes, el programa de desembolsos de las operaciones de crédito público externo en trámite de las entidades estatales diferentes de la Nación cuyos recursos provengan de los mercados de capitales, establecimientos de crédito y proveedores.
Estudiar y negociar los textos de las minutas de contratos, pagarés y garantías a que den lugar las operaciones de crédito público interno de las entidades estatales, diferentes de la Nación.
Estudiar y negociar los textos de las minutas de contratos, pagarés y garantías a que den lugar las operaciones de crédito público externo de las entidades estatales, diferentes de la Nación, que se celebren con los mercados de capitales, establecimientos de crédito y proveedores.
Coordinar el informe a la Subdirección de Riesgo sobre la utilización del cupo de garantías de la Nación que se afecte por la celebración de operaciones relacionadas con crédito público interno que esta garantice.
Revisar los documentos para el estudio y concepto del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, en materia de operaciones relacionadas con crédito público interno garantizadas por la Nación.
Coordinar el Informe a la Subdirección de Riesgo sobre la utilización del cupo de garantías de la Nación, que se afecte por la celebración de operaciones relacionadas con crédito público externo que esta garantice con los mercados de capitales, establecimientos de crédito y proveedores.
Coordinar el Informe a la Subdirección de Riesgo sobre la utilización del cupo de garantías de la Nación, que se afecte por la celebración de operaciones relacionadas con crédito público interno que esta garantice.
Revisar los documentos para el estudio y concepto del Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONPES - en materia de operaciones relacionadas con crédito público externo garantizadas por la Nación de acuerdo con sus funciones.
Incorporar y/o asesorar a las entidades estatales para la incorporación y codificación en la Base Unica de Datos de Deuda Pública, sobre la celebración de las operaciones relacionadas con crédito público que se manejen en el área e informar a la Subdirección de Operaciones sobre el particular, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 13 de la Ley 533 de 1999.
Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.