º . La incorporación de los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación a la planta de personal que se crea por el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes contados a partir de la fecha de publicación de éste.
Los servidores de carrera de la Procuraduría General de la Nación incluidos los de Instituto de Estudios del Ministerio Público, serán incorporados a los empleos en los cuales se encuentran inscritos en el Registro Único de Carrera de la Procuraduría.
Los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca su incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo dentro de los treinta (30) días siguientes al acto de incorporación correspondiente.