El cargo de Presidente, de Vocal o de Fiscal en todos los Consejos de Guerra, es de forzosa aceptación. En el caso de absoluta renuncia de un Oficial para desempeñarlo, incurrirá en las sanciones previstas en el Código de Justicia Penal Militar. Son únicas de excusa
Enfermedad grave;
La edad de más de sesenta años para los Quiciales en retiro que tengan grado de General, excepto en lo; casos a que se refiere el artículo 27 de este Decreto,
Una comisión urgente o un servicio extraordinario simultáneo a la celebración del Consejo.
Las causas de excusa se comprobará ante quien hizo el nombramiento.