Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2654 de 1994 · por el cual se modifica parcialmente los artículos 2° y 4° del Decreto 1642 del 1° de agosto de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El artículo 2º del Decreto 1642 del 1º de agosto de 1994 quedará así: "Artículo 2o. Expansión telefónica en zonas aisladas. El fondo financiará un plan de expansión del servicio de telefonía a comunidades que no cuentan con él y que no tienen los recursos necesarios para acceder al mismo. Sin perjuicio de la facultad de celebrar directamente los contratos a que se refiere el literal c) del numeral 1 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, el Fondo de Comunicaciones también podrá abrir licitaciones públicas, para contratar la instalación y operación del servicio telefónico en comunidades que no tienen el servicio de telefonía conmutada. En todo caso, se incluirán en el plan todos los municipios que no cuenten con servicio telefónico conmutado; también se podrán incluir zonas urbanas y rurales con altos niveles de pobreza que no tengan acceso a servicios de telefonía. El Fondo de Comunicaciones deberá atender prioritariamente la prestación del servicio telefónico en aquellos municipios en donde se puedan celebrar contratos interadministrativos establecidos en el literal c) del numeral 1 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para los demás municipios del plan de telefonía social se podrá abrir las licitaciones correspondientes. Para este último caso, los proponentes, basados en sus estudios de demanda y en la estructura tarifaria vigente, propondrán un monto que el fondo deberá pagar para cofinanciar la inversión correspondiente. La licitación será adjudicada al proponente que habiendo cumplido con los requisitos mínimos del pliego haga la mejor oferta. El Fondo de Comunicaciones deberá velar porque los trámites administrativos necesarios para el desarrollo de estos proyectos, se ejecuten dentro de los principios de transparencia, economía, responsabilidad y selección objetiva de que trata la Ley 80 de 1993".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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