º FACTURACION DE OPERACIONES. La venta de mercancías en la Zona de Régimen Aduanero Especial deberá estar relacionada en las facturas correspondientes. En tales facturas deberá indicarse el nombre y NIT del comprador, los bienes objeto de la compraventa, sus cantidades, con los valores unitario y total, así como la liquidación del impuesto sobre las ventas, IVA, cuando ello proceda según las disposiciones tributarias. Los comprdores viajeros o comerciantes deberán conservar la factura que les fue expedida, para los efectos de control que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establezca.
Decreto 190 de 1994 →Vigente
Artículo 9
º Facturacion De Operaciones
Decreto 190 de 1994 · por el cual se establece un tratamiento aduanero preferencial para el Municipio de Leticia en el Departamento del Amazonas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.