Micelio

Artículo 13

Dirección De Gestion De Información Y Tecnología

Decreto 3123 de 2007 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Gestion de Información y Tecnología . Son funciones de la Dirección de Gestión de Información y Tecnología, las siguientes

1.

Diseñar, coordinar y supervisar el cumplimiento de los planes y programas de gestión de información del Sector Defensa.

2.

Coordinar la gestión de información del sistema MECI.

3.

Establecer mecanismos que faciliten la calidad, consistencia e intercambio de información producida por el Sector Defensa.

4.

Elaborar el Plan Estratégico de TIC’s del Sector Defensa acorde con las políticas de COINFO.

5.

Coordinar la gestión de los procesos de la entidad y armonizar los procesos del sector defensa.

6.

Coordinar las políticas de gobierno electrónico en el Sector Defensa de acuerdo con las recomendaciones de COINFO.

7.

Coordinar en el Sector Defensa la aplicación de las políticas de servicio al ciudadano de acuerdo con los lineamientos que señale el COINFO.

8.

Promover dentro del Sector Defensa el uso eficiente de las tecnologías de la información.

9.

Coordinar la aplicación de las políticas y estándares definidos por COINFO.

10.

Promover la agregación de demanda y de servicios de TIC’s del Sector Defensa.

11.

Articular el presupuesto de inversión y gastos generales del Sector Defensa asociado a los TIC’s.

12.

Coordinar la gestión de riesgo informático del Sector Defensa acorde con las políticas de COINFO.

13.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3123 de 2007