EL Gobierno incluirá en el presupuesto de 1963 una partida no menor de dos millones de pesos ($2.000.000.oo) en los Presupuestos subsiguientes la suma necesaria hasta dar total cumplimiento a lo ordenado en la presente Ley. En todo caso autorizase al Gobierno Nacional para hacer las operaciones de crédito y los traslados presupuestales que sean necesarios para el cumplimiento de esta Ley.
Ley 104 de 1962 →Vigente
Artículo 8
Ley 104 de 1962 · Por la cual la Nación coadyuva a la formación de barrios obreros en la ciudad de Girardot, y Armenia (Caldas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.