Subcomisión Técnica para la Detección y Sanción de Hechos de Corrupción. Dentro de los siguientes seis (6) meses a la expedición del presente Capítulo, se deberá instalar la Subcomisión Técnica para la Detección y Sanción de Hechos de Corrupción, previa convocatoria que realizará la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, con el fin de garantizar la continuidad y calidad técnica de la Comisión Nacional de Moralización en materia de detección y sanción de hechos de corrupción.
Decreto 1081 de 2015 →Vigente
Artículo 2.1.4.1.1.3.1
Subcomisión Técnica Para La Detección Y Sanción De Hechos De Corrupción
Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.