Modificación del inciso cuarto y adición del parágrafo 2º al artículo 492 del Decreto número 1165 de 2019. Modifíquese el inciso y adiciónese el parágrafo 2º al artículo 492 del Decreto número 1165 de 2019, los cuales quedarán así:
“Cuando estas operaciones impliquen el traslado de bienes de una zona franca a otra que se encuentre en la misma o en diferente jurisdicción aduanera, el usuario industrial o comercial deberá presentar una declaración de ingreso junto con la planilla de envío”.
“Parágrafo 2º. Las obligaciones previstas en este artículo que no tengan asociada una sanción específica en el Decreto número 920 de 2023 son de categoría 3 y su incumplimiento constituye una infracción de categoría 3, en concordancia con lo dispuesto en el literal C., del parágrafo 1º del artículo 15 del mencionado decreto”.