Micelio

Artículo 14

Decreto 1575 de 1997 · por el cual se establece la estructura interna de la Dirección Nacional de Estupefacientes y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Prevención y Desarrollo. Son funciones de la Subdirección de Prevención y Desarrollo, las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección Nacional en la formulación de políticas relacionadas con la prevención del consumo de estupefacientes y en el establecimiento de campañas para rehabilitación y resocialización de los individuos.

2.

Asesorar a la Dirección Nacional en lo referente a la imagen institucional y las actividades divulgativas de la entidad.

3.

Coordinar el desarrollo de las funciones de los Consejos Seccionales de Estupefacientes, de conformidad con las políticas trazadas por la Entidad y el Consejo Nacional de Estupefacientes.

4.

Proponer a los organismos que imparten educación, incluir en su pénsum académico programas encaminados a la prevención del consumo de drogas y uso de sustancias psicoativas.

5.

Elaborar en coordinación con los organismos pertinentes las campañas de publicidad, para lograr el posicionamiento de los mensajes que deba adelantar la Dirección en cumplimiento de su misión institucional.

6.

Dirigir, supervisar y evaluar el desarrollo de planes y programas de prevención y tratamiento de la drogadicción, en coordinación con las instancias y entidades competentes.

7.

Dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de programas de formación permanente, dirigidos a los funcionarios de organismos gubernamentales y no gubernamentales comprometidos en la ejecución de las políticas integrales para el abordaje del problema de las drogas.

8.

Dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las asesorías y acompañamiento técnico a los Comités de Prevención y Tratamiento Departamentales y Municipales con el fin de que las funciones se cumplan de conformidad con las políticas y las normas legales vigentes sobre la materia.

9.

Dirigir el funcionamiento y mantener actualizado el fondo bibliográfico del Centro de Documentación, con el ánimo de prestar un adecuado servicio de consulta.

10.

Dirigir la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de la dependencia.

11.

Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y que sean asignadas por las normas vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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