En El Primero, Que Se Llevará En La Sección De Reconocimientos, Se Abrirá Una Cuenta Á Cada Uno De Los Capítulos Del Presupuesto De Gastos Y Se Anotarán En El Debe , En Columnas Separadas, Tomados De Las Respectivas Cartas De Aviso, Los Siguientes Datos: Número De La Carta De Aviso, Número Y Fecha De La Orden De Pago, Nombre Del Acreedor, Origen Del Crédito Y Suma Girada; Y En El Haber, Número Y Fecha De La Orden Pagada, Fecha Del Pago, Nombre Del Acreedor Y Suma Pagada
Decreto 200 de 1909 · Por el cual se ordena la apertura de dos libros auxiliares de la Tesorería General de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° En el primero, que se llevará en la Sección de Reconocimientos, se abrirá una cuenta á cada uno de los capítulos del Presupuesto de Gastos y se anotarán en el debe , en columnas separadas, tomados de las respectivas cartas de aviso, los siguientes datos: número de la carta de aviso, número y fecha de la orden de pago, nombre del acreedor, origen del crédito y suma girada; y en el haber, número y fecha de la orden pagada, fecha del pago, nombre del acreedor y suma pagada.
Parágrafo
Los saldos de las cuentas abiertas en este libro, que representan la Deuda de Tesorería, servirán para formar al fin de año la relación ordenada por el artículo 3.° del Decreto número 518 de 22 de Mayo del presente año, publicado en el Diario Oficial número 13681, y para comprobar la exactitud del asiento que se describa en el libro General de Cuenta y Razón, de acuerdo con lo prescrito por el ordinal B del artículo 2.° del mismo Decreto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.