Prestación de Servicios por otras Entidades. Cuando la Unidad Médica de una guarnición militar no esté en capacidad de prestar el servicio requerido, el Ministerio de Defensa Nacional podrá contratar los servicios de profesionales o entidades particulares, para atender tales necesidades.
Decreto 1070 de 2015 →Vigente
Artículo 2.3.1.2.2.1.2
Prestación De Servicios Por Otras Entidades
Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.