Micelio

Artículo 3

La Imposición De La Gran Medalla Nacional General Francisco De Paula Santander La Hará El Gobernador De La Respectiva Entidad Territorial A Que Pertenezca La Institución, Así: Por El Gobernador Del Departamento De Boyacá: Al Colegio Boyacá De Tunja, Primer Plantel Educativo Fundado En La República De Colombia

Decreto 1575 de 1992 · por el cual se concede la condecoración "Gran Medalla Nacional General Francisco de Paula Santander" en la categoría de Oficial a Personalidades e Instituciones, a Colegios y Universidades Republicanos establecidos en Colombia y en la nueva granada.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La imposición de la Gran Medalla Nacional General Francisco de Paula Santander la hará el Gobernador de la respectiva entidad territorial a que pertenezca la institución, así: Por el Gobernador del Departamento de Boyacá: Al Colegio Boyacá de Tunja, primer plantel educativo fundado en la República de Colombia. Al Liceo Nacional "José Joaquín Casas" de Chiquinquirá, antigua Casa de Estudios "Jesús, María y José" bajo la protección del Gobierno en 1827. Por el Gobernador del Departamento De Antioquia: A la Universidad de Antioquia, originalmente establecida como Colegio de Antioquia en 1822. Al Liceo Nacional "San José" de Marinilla, antigua casa de educación secundaria, fundada en 1837. Por el Gobernador del Departamento de Cundinamarca: A la Universidad Nacional de Colombia, creada en 1826 como Universidad Central de Bogotá y restablecida en 1867. Al Colegio de La Merced de Bogotá, reformado en 1832 por Santander como plantel modelo de la educación femenina en Colombia. Por el Gobernador del Departamento del Cauca: A la Universidad del Cauca creada por el General Santander en 1827. Por el Gobernador del Departamento de Bolívar: A la Escuela Naval de Cadetes "Almirante Padilla" creada inicialmente en 1822 como Escuela Náutica de Cartagena y restaurada durante la Presidencia de la Nueva Granada y adscrita a la Universidad del Magdalena. A la Universidad de Cartagena, antiguo Colegio de Cartagena de Colombia, establecido en 1824. Al Colegio Pinillos restablecido por el General Santander al inicio de 1825 como Casa de Educación de Mompós. Por el Gobernador del Departamento del Tolima: Al Colegio de San Simón de Ibagué, establecido en 1822. Por el Gobernador del Departamento del Valle: Al Colegio Santa Librada de Cali, fundado en 1823. Al Colegio Académico de Cartago, antigua Casa de Educación Secundaria, fundada en 1839, con el modelo de los colegios santanderinos. Al Centro Educativo General Santander de Buga. Por el Gobernador del Departamento de Norte de Santander: Al Colegio José Eusebio Caro de Ocaña, antigua Casa de Estudios de Ocaña establecida en 1824. Al Colegio Provincial de Pamplona, fundado en 1823 como Casa de Educación de Pamplona. Por el Gobernador del Departamento de Santander: Al Colegio San José de Guanentá de San Gil, creado en 1824. Al Colegio Universitario de Vélez, establecido en 1824 como Casa de Educación de Vélez. Al Colegio Universitario del Socorro, originalmente Colegio del Socorro, establecido en 1824. Por el Gobernador del Departamento del Huila: Al Colegio Santa Librada de Neiva, fundado en 1832. Por el Gobernador del Departamento de Nariño: Al Colegio Nacional Antonio José de Sucre de Ipiales, antigua Casa de Educación de Ipiales establecida en 1837.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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