Micelio

Artículo 9

El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Surte Efectos Fiscales A Partir Del Primero (1°) De Enero De Mil Novecientos Setenta Y Cuatro (1974) Y Para Su Validez Requiere La Aprobación Mediante Decreto Del Gobierno Nacional, Que Llevará Las Firmas Del Ministro De Desarrollo Económico, La Del Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil Y La Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Como Certificación De Y Que Existe Apropiación Presupuestal Suficiente Para, Cubrir Su Costo

Decreto 1461 de 1974 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal del Fondo Nacional de Ahorro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos setenta y cuatro (1974) y para su validez requiere la aprobación mediante decreto del Gobierno Nacional, que llevará las firmas del Ministro de Desarrollo Económico, la del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil y la del Ministro de Hacienda y Crédito Público, como certificación de y que existe apropiación presupuestal suficiente para, cubrir su costo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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