Micelio

Artículo 16

A Partir Del 1° De Febrero De 1967, El Distrito Judicial De Pereira Comprenderá, Además De Los Municipios Que Hoy Lo Integran, Los De Belén De Umbría, Mistrató, Guática Y Quinchía

Decreto 16 de 1967 · Por el cual se dictan normas sobre organización del Departamento de Risaralda y se provee sobre algunas omisiones de la Ley 70 de 1966

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1° de febrero de 1967, el Distrito Judicial de Pereira comprenderá, además de los Municipios que hoy lo integran, los de Belén de Umbría, Mistrató, Guática y Quinchía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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