Categorías de Telecomunicaciones de Emergencia. Las siguientes son las categorías de telecomunicaciones de emergencia
Autoridad - Autoridad: Telecomunicaciones que se surten entre las autoridades del Sngrd en situaciones de emergencia. En las telecomunicaciones de emergencia autoridad-autoridad participa un usuario de telecomunicaciones de emergencia autorizado, que inicia la comunicación con otro usuario autorizado para: 1.1. Coordinar las acciones permanentes para el manejo de emergencia, calamidad pública y desastres. 1.2. Facilitar las operaciones de recuperación en caso de emergencia. 1.3. Facilitar las operaciones de restauración de la infraestructura de los servicios públicos. 1.4. Adoptar las medidas que permitan la recuperación.
Autoridad - Individuo: Telecomunicaciones que dirigen las autoridades del Sngrd hacía los individuos a efectos de prevenir o mitigar las condiciones de riesgo y orientar la respuesta en las situaciones de emergencia. Las telecomunicaciones de emergencia autoridad-individuo que, en ocasiones, entran en la categoría de sistemas de telecomunicaciones de alerta temprana, suelen conllevar información para el público procedente de una fuente autorizada. El contenido puede ser, entre otros, información, orientación o instrucciones dirigidas a una comunidad afectada por una emergencia, calamidad pública o desastre. Por norma general, la telecomunicación la inicia un usuario autorizado y está dirigida a muchos individuos receptores.
Individuo - Autoridad: Telecomunicaciones que hacen los individuos hacía las autoridades del Sngrd en situación de emergencia, con el fin de informar acerca de esta o de buscar ayuda para la mitigación de la misma. Las telecomunicaciones de emergencia individuo-autoridad las inicia una persona empleando recursos de telecomunicaciones de emergencia para pedir asistencia en caso de emergencia personal o en caso de situación de emergencia de dimensiones reducidas. Hacen parte de esta categoría: 3.1. Las llamadas que genera un individuo a un Centro de Atención de Emergencias (CAE) mediante el Número Único Nacional de Emergencias o utilizando otros medios, como el vídeo, correo electrónico, mensajes de texto y mensajería instantánea, entre otros. El CAE se pondrá en contacto con las entidades correspondientes, como la Policía, Bomberos, Centros Reguladores de Urgencias y Emergencia (CRUE), Oficinas de Gestión del Riesgo, entre otros, para iniciar la atención que requiera el individuo solicitante. 3.2. Las comunicaciones que generen los individuos a través de los medios que establezca la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres en el marco del SNTE para el reporte de emergencias.
Individuo - Individuo: Telecomunicaciones que se realizan entre la población, en situaciones de emergencia o desastre, generalmente para informar de la emergencia o para indagar sobre la misma. Las telecomunicaciones de emergencia individuo-individuo que se inician durante e inmediatamente después de una situación de emergencia o desastre generan una gran demanda de recursos de telecomunicaciones que puede llegar a congestionar las redes de telecomunicaciones públicas.
Con el fin de facilitar la restauración de la normalidad y evitar riesgos personales o materiales, la categoría Autoridad - Autoridad, tendrá prioridad sobre las demás categorías de telecomunicaciones de emergencia cuando se declaren estados de emergencia, calamidad pública o desastre, conforme a la solicitud que realice la Ungrd.