Ley 79 de 1910 · sobre créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de 1910
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único Abrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de 1910:
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
EL MINISTRO DEL TESORO
departamento del tesoro
MINISTERIO DE HACIENDA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
Resguardo de Aduanas
Artículo 227. Sueldos del personal de estos Resguardos así:
Sección de Calamar.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.