Los presupuestos municipales podrán incluir un rubro con destino a sufragar los gastos que demande la realización y difusión de las consultas populares.
El Gobierno Nacional y Departamental, lo mismo que las autoridades electorales, prestarán el concurso que requieran los municipios para la organización, mantenimiento del orden y verificación de los resultados de las consultas populares.