Micelio

Artículo 2.4.1.1.2.17

Derogado

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.4.1.1.2.17. Grados de las Licencias. Los grados de las licencias regulares de la gente de mar del transporte marítimo, son los siguientes:

1.

Capitanes

Capitán de Altura, Categoría “A”.

Capitán de Altura, Categoría “B”.

Capitán Regional, Categoría “B” Restringida.

Capitán Regional, Categoría “C”.

Capitán de Remolcador Oceánico.

Capitán de Remolcador Costanero o de Bahía.

2.

Oficiales de Cubierta

Oficial de Puente de Primera Clase, Categoría “A”

Oficial de Puente de Primera Clase, Categoría “B”

Oficial de Puente de Primera Clase, Categoría “B” Restringida.

Oficial de Puente de Altura.

Oficial de Puente Regional.

Operador de Radiocomunicaciones.

Oficial Radiotelegrafista de Primera Clase.

Oficial Radiotelegrafista de Segunda Clase.

Patrón Regional.

Patrón de Bahía.

3.

Oficiales de Máquinas

Oficial Maquinista Jefe de Altura, Categoría “A”.

Oficial Maquinista Jefe de Altura, Categoría “B”

Oficial Maquinista Jefe Regional, Categoría “B” Restringida.

Oficial Maquinista Jefe Regional, Categoría “C”.

Oficial Maquinista de 1ª. Clase, Categoría “A”.

Oficial Maquinista de 1ª. Clase, Categoría “B”.

Oficial Maquinista Regional de 1ª. Clase, Categoría “B” Restringida.

Oficial Maquinista de Altura.

Oficial Maquinista Regional.

Oficial Electricista, Categoría “A”.

Oficial Electricista, Categoría “B”.

Oficial de Refrigeración, Categoría “A”.

Oficial de Refrigeración, Categoría “B”.

Oficial de Electrónica, Categoría “A”.

Oficial de Electrónica, Categoría “B”.

Oficial Maquinista Jefe Regional, Categoría “B” Restringida.

4.

Oficiales de los Servicios

Oficial de los Servicios, Categoría “A”.

Oficial de los Servicios, Categoría “B”.

Oficial Médico, Categoría “A”.

Oficial Médico, Categoría “B”.

5.

Pilotines

Pilotines de Cubierta (de altura y regional).

Pilotines de Máquinas (de altura y regional).

6.

Marinería de Cubierta

Marinería de Primera Clase.

Marinero Timonel.

Marinero de Cubierta.

Marinero Costanero.

Marinero Bombero de Primera Clase.

Marinero Bombero.

7.

Marinería de Máquinas

Mecánico de Propulsión de Primera Clase.

Mecánico de Propulsión

Marinero de Máquinas.

Motorista Regional.

Motorista Costanero.

Marinero Operador de Calderas, Clase “A”.

Marinero Operador de Calderas, Clase “B”.

Auxiliar de Calderas.

Mecánico Electricista, Categoría “A”.

Mecánico Electricista, Categoría “B”.

Mecánico de Refrigeración, Categoría “A”.

Mecánico de Refrigeración, Categoría “B”.

Mecánico Electrónico, Categoría “A”.

Mecánico Electrónico, Categoría “B”.

Mecánico Ajustador, Categoría “A”.

Mecánico Ajustador, Categoría “B”.

Mecánico Tornero, Categoría “A”.

Mecánico Tornero, Categoría “B”.

8.

Marinería de los Servicios

Mayordomo, Categoría “A”.

Mayordomo, Categoría “B”.

Camarero.

Cocinero, Panadero, Categoría “A”

Cocinero, Panadero, Categoría “B”

Ayudante de Cocina.

Enfermero, Categoría “A”.

Enfermero, Categoría “B”.

(Decreto 1597 de 1988 artículo 21)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015