° . En adelante los libros, folletos, etc., que se editen en la Imprenta Nacional se distribuirán por conducto del Ministerio de Gobierno, sea cual fuere la entidad que solicita su impresión.
La Imprenta Nacional enviará al Depósito de obras de consulta del Ministerio de Gobierno, los ejemplares de los referidos libros y folletos que en ese establecimiento se editen, a excepción de los que de acuerdo con las disposiciones vigentes deben dejarse para la biblioteca de la Dirección, el Palacio Arzobispal, Gobernación del Departamento, Biblioteca Nacional, Alcaldía Municipal y Sección de Información y Propaganda del Ministerio de Industrias, para remitir a las Oficinas de Información y propaganda de Colombia en el Exterior.