Micelio

Artículo 22

Decreto 321 de 1948 · por el cual se reglamentan los numerales a), d), e), h), i) del artículo primero de la Ley 39 de 1947.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo veintidós. La importación, fabricación y venta de productos terapéuticos destinado al tratamiento de la lepra estarán sometidos a los mismos reglamentos que rigen para cualquier otro producto terapéutico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 321 de 1948