Artículo decimoprimero. Con el objeto de que el funcionamiento de los nuevos Consejos Comisariales pueda iniciarse el próximo 15 de enero de 1963, los Comisarios procederán de inmediato a hacer, en decreto que enviarán a la aprobación del Ministerio de Gobierno, la división del respectivo Territorio en las cuatro (4) zonas de que habla el artículo 3° de este Decreto, indicando los Municipios y Corregimientos que integran cada una, y solicitarán de los Concejos Municipales y Juntas de Fomento Corregimentales las listas de candidatos para el concejo Comisarial. Estas listas deberán ser enviadas al Ministerio de Gobierno a más tardar el 20 de diciembre del año en curso.
Decreto 3271 de 1962 →Vigente
Artículo 11
De Este Decreto, Indicando Los Municipios Y Corregimientos Que Integran Cada Una, Y Solicitarán De Los Concejos Municipales Y Juntas De Fomento Corregimentales Las Listas De Candidatos Para El Concejo Comisarial
Decreto 3271 de 1962 · Por el cual se dictan normas para la administración de las Comisarias y de los Corregimientos Intendeciales y Comisariales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.