Micelio

Artículo 7

º

Decreto 80 de 1958 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre protección de la industria cafetera y régimen cambiario.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Oficina de Registro de Cambios, previo concepto de la Federación Nacional de Cafeteros, podrá suspender o limitar transitoriamente el registro de contratos de exportación de café y la expedición de licencias, de exportación, para obtener el estricto cumplimiento de los acuerdos internacionales celebrados o que se celebren sobre cuotas de exportación. No podrán establecerse, en desarrollo del inciso anterior, cupos individuales de exportación. Derógase el Decreto legislativo número 281 de 1957.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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