Para el cumplido desarrollo de las formalidades que contempla el artículo 14 de la Ley 128 de 1937 , así como para atender a los servicios de investigación y de experimentación agrícola en general, el Gobierno podrá adquirir y dotar las fincas rurales indispensables destinadas a estaciones y subestaciones, y a establecer directamente, o por conducto de alguna entidad semioficial, el servicio de provisión agrícola.
Ley 181 de 1938 →Vigente
Artículo 1
Ley 181 de 1938 · Por la cual se confieren unas autorizaciones al Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.