Micelio

Artículo 2

Ley 31 de 1936 · Sobre alcantarillado y pavimentación de Santa Marta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La administración del acueducto estará a cargo de una junta integrada por tres miembros nombrados así: uno por el Ministerio de Obras Públicas, otro por el Gobernador del Departamento del Magdalena, y el tercero por el Concejo Municipal de Santa Marta. La Junta queda facultada para contratar el empréstito de que trata el artículo anterior y para delegar el control financiero de la obra a los prestamistas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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