Micelio

Artículo 2.5.3.9.28

De La Efectividad De Los Aportes

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la efectividad de los aportes. La efectividad de los aportes en dinero y bienes muebles se acreditará mediante acta de recibo suscrita por quienes hayan sido designados para ejercer las funciones de representante legal y revisor fiscal de la entidad, surtida ante notario. El acta de recibo de los bienes muebles, deberá indicar o contener las especificaciones de los mismos y el valor que se les asigna. Los aportes en dinero efectivo deberán consignarse en institución financiera o créditicia sujeta a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera debiéndose adjuntar el comprobante de consignación a los documentos exigidos para el reconocimiento de personería jurídica. (Artículo 30 del Decreto 1088 de 1991)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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