Micelio

Artículo 1

Háganse Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1976: Presupuesto De Inversión

Decreto 1433 de 1976 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976 de 1976 (Departamento Nacional de Planeación - Ministerios de Educación Nacional y Obras Públicas), por $ 43.800.000.00 y se hace una aclaración

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° Háganse los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976: Presupuesto de Inversión. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULÓ 290 Ministerio de. Obras Públicas. Programa 685. Edificios, Monumentos y Parques. . Inversión Indirecta. Claves: Económica 594. Funcional 435. Artículo 6854. Restauración y conservación de. Monumentos nacionales $ 2.000.000 02-1 Biblioteca Nacional, Bogotá $ 2.000.000 Programa 636. Plan Vial Nacional. Subprograma 7. Obras hidráulicas. Transporte marítimo y fluvial. Inversión Indirecta. Claves: Económica 584. Funcional 262. Artículo 6895-00 1 Aporte a la Corporación Regional Autónoma para la Defensa de Manizales. Aranzazu y Salamina, para obras civiles en el programa de control de erosión y obras de defensa 11.800.000 00-2. Aporte a la Corporación Regional Autónoma para la Defensa de Manizales, Aranzazu y Salamina, para obras civiles en el programa de control de erosión y obras de defensa 15.000.000 3. Aporte a la Corporación Regional Autónoma para la Defensa de Manizales, Aranzazu y Salamina, para obras civiles en el programa de control de erosión y obras de defensa 15.000.000 Suman los contracréditos $ 43.800.000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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