° La Junta de que trata el artículo 3.° de la Ley que por el presente se reglamenta se reunirá cada vez que sea convocada por el Director General de Correos y Telégrafos, que será su Presidente nato, y deberá funcionar con la totalidad de sus miembros.
Decreto 1137 de 1912 →Vigente
Artículo 4
La Junta De Que Trata El Artículo 3
Decreto 1137 de 1912 · Por el cual se reglamenta la Ley 82 de 1912
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.