Destinación del subsidio familiar de vivienda rural . Los hogares beneficiarios del Subsidio únicamente podrán aplicarlo a las siguientes modalidades de acceso a una solución de vivienda: Adquisición de una solución de vivienda nueva mediante la libre escogencia del proyecto al cual se quieren vincular; construcción de una solución de vivienda nueva en sitio propio o mejoramiento y saneamiento básico de su vivienda. En estos dos últimos casos, el hogar postulante al subsidio debe disponer de sitio, lote de terreno o parcela propia. Las soluciones a las que se puede destinar el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural deberán tener suministro inmediato de agua. El suministro de agua podrá prestarse con base en tecnologías tradicionales o alternativas que aseguren la prestación continua y eficiente del servicio. En los casos de proyectos conformados por soluciones de vivienda nueva básica agrupada o nucleada, el oferente deberá certificar y garantizar la disponibilidad de los servicios públicos básicos, cuando estos sean ofrecidos mediante tecnologías alternativas o no convencionales, se requiere la presentación del concepto previo favorable de la entidad ambiental correspondiente.
Solamente se podrán presentar o postular proyectos que propongan una sola modalidad de solución de vivienda. Las entidades otorgantes del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural, de conformidad con lo dispuesto por la Comisión Intersectorial para la Vivienda de Interés Social Rural, establecerán conjuntamente los procedimientos, requisitos y documentación que deben acompañar los proyectos y las postulaciones correspondientes.
En los casos de proyectos integrados por soluciones de construcción de vivienda nueva en sitio propio o de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico, estos pueden incluir soluciones de vivienda aisladas o dispersas o si es del caso, nucleadas o agrupadas.