Micelio

Artículo 4

Del Archivo De La Inspección General Se Pasarán A Las Administraciones De Correos Y Telégrafos Los Documentos Y Libros Que Según Su Naturaleza Deban Pertenecer A Estas Oficinas; Y Los Demás Se Enviaran Al Archivo De Correos Para Que Allí Sean Conservados

Decreto 27 de 1917 · Por el cual se reglamenta en parte la Ley 82 de 1916

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Del archivo de la Inspección General se pasarán a las Administraciones de Correos y Telégrafos los documentos y libros que según su naturaleza deban pertenecer a estas Oficinas; y los demás se enviaran al archivo de Correos para que allí sean conservados. Del mueblaje de la Inspección General y de los útiles de escritorio sobrantes se pasarán a la Oficina de Estadística de Correos y Telégrafos y al Agente de Ejecuciones Fiscales los muebles y útiles que estas Oficinas puedan necesitar; y el resto se remitirá al Almacén Nacional, bajo riguroso inventario, para que allí sea saldada la cuenta de la extinguida Inspección. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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