Los miembros de la Junta de Vocales de la Oficina General del Trabajo, ganaran a razón de dos pesos ($ 2) cada uno, por cada sesión ordinaria o extraordinaria a que asistan; tendrán derecho a viáticos cuando salgan de la capital en ejercicio de su cargo, y del Tesoro Nacional se pagaran todos los gastos que ocasione su movilización dentro de la ciudad o fuera de ella.
Ley 30 de 1925 →Vigente
Artículo 12
Ley 30 de 1925 · Por la cual se reforma la 72 de 1919, sobre asignaciones civiles, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.