º . Auditor Auxiliar. A partir del 1º de enero de 2003, el Auditor Auxiliar de la Auditoría General de la República tendrá derecho a una remuneración mensual de ocho millones setecientos noventa y ocho mil trescientos setenta y nueve pesos ($8.798.379) moneda corriente, distribuidos así: Asignación básica, cuatro millones quinientos catorce mil veintiocho pesos ($4.514.028) moneda corriente; Gastos de representación, un millón ciento veinticuatro mil quinientos treinta y tres pesos ($1.124.533) moneda corriente; Prima de Alta Gestión novecientos dos mil ochocientos cinco pesos ($902.805) moneda corriente y Prima técnica, dos millones doscientos cincuenta y siete mil trece pesos ($2.257.013) moneda corriente. Las primas técnica y de alta gestión no constituyen factor salarial para ningún efecto legal.
Decreto 3541 de 2003 →Vigente
Artículo 3
Decreto 3541 de 2003 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Auditoría General de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.