°. Estas cuotas se recaudarán por medio de la estampilla de sanidad que creó el artículo 12 de la Ley 53 de 1921, y será cobrado por los Agentes que designen los Gobernadores de los Departamentos, quienes procurarán adscribir estas funciones a los Tesoreros Departamentales y Municipales.
Decreto 448 de 1924 →Vigente
Artículo 2
Estas Cuotas Se Recaudarán Por Medio De La Estampilla De Sanidad Que Creó El Artículo 12 De La Ley 53 De 1921, Y Será Cobrado Por Los Agentes Que Designen Los Gobernadores De Los Departamentos, Quienes Procurarán Adscribir Estas Funciones A Los Tesoreros Departamentales Y Municipales
Decreto 448 de 1924 · Por el cual se reglamenta el artículo 7º de la Ley 86 de 1923, sobre impuestos de sanidad para los Lazaretos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.