Artículo diez y nueve. En caso de que el postor escogido no hubiese dado cumplimiento a lo previsto en los artículos 10 del Código de Petróleos y 3º de la Ley 10ª de 1961, el Ministerio podrá otorgar, a petición del interesado, un término para el cumplimiento de esas obligaciones. Si la incorporación no se realizare oportunamente, la licitación se declarará desierta y se hará nuevamente. En tal evento, el proponente escogido perderá, a favor de la Nación, la garantía depositada.
Decreto 755 de 1966 →Vigente
Artículo 19
Decreto 755 de 1966 · por el cual se reglamentan los artículos 10, 11 y 12 de la Ley 10ª de 1961.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.