Funciones del Director General. Son funciones del Director las señaladas en la ley, en los reglamentos y estatutos respectivos. En particular le corresponde:
Presentar para estudio y aprobación de la Junta Directiva los planes y programas que se requieran para el logro del objeto del Instituto.
Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad y ejercer su representación legal.
Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos de la Junta Directiva.
Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la entidad.
Constituir mandatarios o apoderados que representen la institución en asuntos especiales, judiciales y administrativos.
Delegar en funcionarios de la entidad el ejercicio de algunas funciones.
Nombrar y remover el personal de la institución.
Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio de la institución.
Rendir informes al Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en la forma que este lo determine, sobre el estado de la ejecución de las funciones que corresponden al Instituto y los informes generales y periódicos o particulares que solicite, sobre las actividades desarrolladas y la situación general de la entidad.
Las demás que los estatutos le señalen.
(Decreto 1276 de 1994, artículo 19)