Micelio

Artículo 8

Del Decreto 1135 En El Sentido De Que Los Directores De Educación Llamaran Anualmente Al Curso De Capacitación Que Están Obligados A Organizar, No Solamente A Los Maestros Que Tengan Derecho Al Ascenso Legal, Sino También A Los Que Estando En Ejercicio, Se Encuentren En Cualquier Categoría O En Ninguna

Decreto 227 de 1953 · Por el cual se modifica el artículo 7º del Decreto 1135 de 1952 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Modifícase el artículo 8° del Decreto 1135 en el sentido de que los Directores de Educación llamaran anualmente al Curso de Capacitación que están obligados a organizar, no solamente a los maestros que tengan derecho al ascenso legal, sino también a los que estando en ejercicio, se encuentren en cualquier categoría o en ninguna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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