Micelio

Artículo 49

Los Concursos Serán Para Ingreso A La Carrera, Ascenso Dentro De Ella E Ingreso Al Servicio

Decreto 250 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los concursos serán para ingreso a la Carrera, ascenso dentro de ella e ingreso al servicio. El Consejo Superior de la Administración de Justicia sentará, en cada oportunidad, las bases de los concursos, determinará las fechas en que deban realizarse, el sistema de calificación, los distintos factores para esta, y los administrará y calificará directamente y con la asistencia de la Oficina de Asesoría y de entidades públicas y privadas especializadas en la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 250 de 1970